Es un recurso ordinario que se interpone ante la resolución de un juzgado de lo contencioso-administrativo.
No cabe interponer este tipo de recurso frente a sentencias dictadas en procedimientos:
En el recurso de apelación, los honorarios del despacho se calcularán a razón de aplicar el 50% del criterio de la Escala sobre la cuantía del recurso, desde 1.500€. Si el procedimiento es de tráfico, extranjería o escasa cuantía, desde 650€.
De haber lugar a práctica de prueba, se procederá el incremento de los honorarios un 25%.
De celebrarse Vista, los honorarios resultantes se incrementarán un 25% más.