484,00€
La residencia permanente familiar comunitaria es un documento destinado a identificar al extranjero a los efectos de acreditar su situación legal en España.
Previamente, tienes que tener la tarjeta temporal de residencia por ser familiar de un ciudadano de la UE o un español, con una duración de 5 años.
Transcurridos estos 5 años tienes que renovar dicha tarjeta y solicitar la autorización de residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE.
Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, que cumplan los requisitos exigidos.
Se entiende por familiares:
484€
Incluye: Honorarios del Abogado hasta resolución, IVA.
No incluye: tasas, traducciones, legalizaciones, recursos administrativos o judiciales.
Existen varios supuestos, 4, para solicitar la residencia permanente familiar comunitario y, a continuación, vamos a explicar el caso más habitual:
Si no es tu caso, pero este es el trámite que tienes que realizar porque alguno de los dos miembros es español o ciudadano europeo ¡consúltanos!
La documentación necesaria para tramitar la residencia permanente familiar comunitaria variará dependiendo del supuesto, pero a modo ejemplificativo serán los siguientes:
Todo documento público extranjero debe estar previamente legalizado y traducido al castellano que, también, deberá estar legalizado.
Consulta aquí toda la información completa publicada por el PORTAL DE INMIGRACIÓN del Gobierno Español.